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Canciller Federal Open item

El Canciller Federal es el único miembro del Gobierno Federal elegido por el Parlamento. La Constitución le reconoce el derecho de elegir a los ministros al frente de las distintas áreas de gobierno. El Canciller decide además el número de ministerios y define las competencias de cada cartera. Tiene competencia directiva, es decir, fija las directrices de la política de gobierno. Concentra pues un arsenal de instrumentos de gobierno equiparable al poder de los presidentes en las democracias presidencialistas.

Para fijar las competencias del Canciller Federal el Consejo Parlamentario, órgano que adoptó la Constitución en el año 1949, se inspiró en el cargo del Primer Ministro británico. Este dispone de exactamente los mismos instrumentos de poder que el Canciller pero de hecho el poder del Canciller es mucho menor que el del premier británico. En el sistema parlamentario de Gran Bretaña por norma solo gobierna un partido, porque el sistema de representación mayoritaria británico favorece al partido más fuerte. En cambio, en el Bundestag por regla general ningún partido alcanza la mayoría suficiente para gobernar en solitario. Por eso para elegir al Canciller se necesita una coalición, es decir, una alianza de partidos.

La elección del Canciller va precedida de intensas consultas entre los partidos que aspiran a gobernar juntos. Al partido más fuerte de la coalición de gobierno se le reconoce el derecho de cubrir el puesto de Canciller Federal. Además, los partidos acuerdan el programa de actuaciones para la legislatura. Los resultados de esas negociaciones de coalición se consignan en un acuerdo de coalición. Una vez dados estos pasos se procede a la elección del Canciller Federal. Las negociaciones entre los partidos de gobierno preparan y acompañan las decisiones del Gobierno Federal. Si las coincidencias políticas se agotan antes de que finalice el período de sesiones del Bundestag, se ofrece como salida el relevo del jefe del ejecutivo.

El Canciller Federal puede ser depuesto mediante el mecanismo de la moción de censura constructiva, que exige la simultánea elección de un nuevo Canciller. Esta forma activa de retirar la confianza parlamentaria obliga a los partidos representados en el Bundestag a formar una nueva mayoría gubernamental viable antes de derrocar al Canciller. Pero el Canciller Federal también puede plantear en cualquier momento al Bundestag la cuestión de confianza para comprobar si sigue gozando del respaldo irrestricto de los partidos de gobierno. Si el Canciller pierde la votación de confianza, es decir, si parte de la mayoría gubernamental le vuelve la espalda, el Presidente Federal puede disolver el Bundestag y convocar elecciones anticipadas, o bien instar a los partidos representados en el Bundestag a que intenten la formación de un nuevo gobierno. En la historia de la República Federal de Alemania nunca ha habido derrotas auténticas en una votación de confianza, pero sí, concretamente en tres ocasiones, derrotas pactadas: los diputados de los partidos de gobierno o los ministros se abstuvieron en la votación respectiva con el propósito de derrocar al gobierno (1972, 1982, 2005). Se siguió esta vía por ser la votación de confianza el único mecanismo admitido por la Constitución para lograr la celebración de elecciones anticipadas.

El Bundesrat Open item

El Bundesrat es la cámara de representación de los Estados Federados. Examina todas las leyes federales. Como cámara de representación territorial el Bundesrat ejerce las mismas funciones que las cámaras altas de otros Parlamentos federales bicamerales, la mayoría de las cuales recibe el nombre de “Senado”. El Bundesrat está compuesto exclusivamente por representantes de los gobiernos de los Estados Federados. Cada Estado Federado tiene como mínimo tres votos y los Estados Federados con mayor índice de población un máximo de seis.

El Bundesrat interviene en la aprobación de las leyes federales, pero en esta tarea se distingue de las segundas cámaras de otros Estados federales. La Ley Fundamental establece dos modalidades de participación en el proceso legislativo. Las leyes federales que ocasionan a los Estados Federados costos administrativos adicionales o sustituyen a leyes propias de los mismos requieren la aprobación del Bundesrat: el Bundesrat tiene que aprobar la ley acordada por el Bundestag para que esta pueda entrar en vigor. En este caso la posición del Bundesrat como cuerpo colegislador es equivalente a la del Bundestag. En la actualidad casi el 50 por ciento de las leyes son “leyes de aprobación” (veto absoluto). Como por norma las leyes federales son ejecutadas por las administraciones de los Estados Federados, las leyes más importantes y con mayor repercusión financiera ponen en juego la soberanía administrativa de los Estados Federados. Distinto es el caso de las denominadas “leyes de oposición”, que el Bundesrat no puede vetar de forma definitiva. Si el Bundesrat se opone a una ley de este tipo, el Bundestag a la postre puede invalidar el veto (relativo) del Bundesrat por la misma mayoría que éste en un procedimiento complejo, requiriéndose la mayoría simple o la mayoría de dos tercios, y en el último caso como mínimo la mayoría de los miembros del Bundestag (mayoría absoluta).

En septiembre de 2006 se implantó una reforma del sistema federal que reorganizó la delimitación competencial del Estado central y los Estados Federados. La finalidad de la reforma es mejorar la capacidad de actuación y de decisión de la Federación y los Länder y precisar la asignación de responsabilidades políticas.

El Bundestag Open item

El Bundestag constituye la representación electa del pueblo alemán. Básicamente, las elecciones al Bundestag son elecciones de carácter proporcional en las que los votos obtenidos por un partido deben quedar reflejados en los escaños del parlamento. Sin embargo, la ley electoral también tiene elementos de votación mayoritaria. Y es que en las elecciones se otorga un primer voto a los candidatos de una circunscripción y un segundo voto a la lista estatal de un partido. La composición estatutaria estándar del Bundestag es de 598 miembros, pero recientemente ha sido significativamente superior debido al denominado sistema de mandatos adicionales y complementarios. Una reforma legislativa pretende cambiar este sistema, limitando para ello el número de diputados en el futuro. Una de las dificultades para acceder al parlamento es la barrera del cinco por ciento. Para acceder al parlamento, los partidos deben alcanzar al menos el 5% de los votos.

El Bundestag es el Parlamento alemán. Sus diputados se organizan en grupos parlamentarios y eligen de entre ellos al presidente de la Cámara. El Bundestag elige al Canciller Federal (jefe de Gobierno) y a continuación lo mantiene en el cargo si aprueba su política. El Bundestag puede relevar al Canciller negándole su confianza. En esto no se distingue de otros Parlamentos y tampoco supone una gran diferencia que en Alemania el Canciller sea elegido y en Gran Bretaña u otras democracias parlamentarias el primer ministro sea designado por el jefe del Estado, ya que siempre se nombra jefe de Gobierno al líder de un partido que pueda apoyarse en una mayoría parlamentaria.

La segunda gran tarea de los diputados del Bundestag es la legislación. También en esto el Bundestag se asemeja a los Parlamentos de otras democracias parlamentarias: básicamente aprueba leyes propuestas por el Gobierno Federal. Sin embargo, el Bundestag, que tiene su sede en el edificio del Reichstag de Berlín, no encarna exactamente el modelo de la cámara de debate que caracteriza a la cultura parlamentaria británica. Más bien responde al modelo estadounidense del Parlamento centrado en el trabajo a nivel de comisión. Las comisiones del Bundestag examinan en profundidad y con un alto grado de especialización los proyectos de ley presentados a la Cámara.

La tercera gran función del Bundestag es el control del Gobierno. La oposición parlamentaria ejerce el control parlamentario visible para la opinión pública. La parte menos visible de la función de control, pero no por ello menos eficaz, corresponde a los diputados de los partidos de gobierno, quienes plantean a sus representantes gubernamentales preguntas críticas tras las puertas cerradas de los salones de sesiones.

El Presidente Federal Open item

El Presidente Federal es el Jefe del Estado. Representa al país en el exterior y nombra a los miembros del Gobierno, a los jueces y a los altos funcionarios. En el ámbito legislativo sanciona y promulga las leyes. Separa a los ministros de su cargo y tiene la facultad de disolver el Parlamento en casos excepcionales. La Ley Fundamental no le reconoce un derecho de veto como el que tiene por ejemplo el presidente de los EE.UU contra las leyes aprobadas por los órganos parlamentarios. El Presidente Federal ejerce su cargo por un período de cinco años, admitiéndose una sola reelección. Es elegido por la Asamblea Federal, órgano constitucional que se compone de los diputados del Bundestag por una parte y un número igual de delegados elegidos por los Parlamentos de los dieciséis Estados Federados por otra.

La Corte Constitucional Federal Open item

La Corte Constitucional Federal es una institución característica de la democracia alemana de posguerra. En virtud de la Ley Fundamental, tiene la atribución de derogar leyes regularmente aprobadas dentro del proceso legislativo democrático si considera que vulneran normas constitucionales. La Corte no puede actuar de oficio, sino a instancia de parte, es decir, si se promueve recurso ante la misma. Están legitimados para el ejercicio del recurso de inconstitucionalidad el Presidente Federal, el Bundestag, el Bundesrat y el Gobierno Federal en cuanto órganos federales, así como también partes integrantes de los mismos –diputados o grupos parlamentarios– y los gobiernos de los Estados Federados. La Corte también conoce de los “conflictos constitucionales” con la finalidad de asegurar la división de poderes garantizada por la Constitución y el funcionamiento del Estado federal. Al objeto de facilitar que puedan dirigirse a la Corte incluso las minorías parlamentarias, es suficiente un tercio de los miembros del Bundestag para recurrir una norma (control normativo abstracto).

Asimismo, la Ley Fundamental legitima al ciudadano individualmente para interponer el llamado “recurso de amparo constitucional” cuando se crea lesionado en sus derechos fundamentales por cualquier acto de los poderes públicos. Por último, todos los órganos judiciales alemanes están obligados a promover la cuestión de inconstitucionalidad ante la Corte cuando consideren que una norma con rango de ley aplicable al caso y de cuya validez dependa el fallo pueda ser contraria a la Constitución (control normativo concreto). La Corte Constitucional Federal tiene el monopolio de interpretación de la Constitución en todos los órdenes jurisdiccionales.

La Ley Fundamental Open item

La Ley Fundamental somete al legislador y la administración al orden constitucional y sus normas y al resto del ordenamiento jurídico. Los derechos fundamentales reconocidos en el Título I tienen eficacia directa. El Artículo 1 erige en bien supremo del orden constitucional el respeto de la dignidad humana: “La dignidad del ser humano es intangible.” La Constitución establece que Alemania es un Estado de Derecho, lo cual implica, junto al imperio de la ley, la separación de poderes, la vigencia de los derechos fundamentales y la legalidad de la administración, que todos los actos de los poderes públicos están sometidos al control judicial. También tiene rango constitucional el principio del Estado federal, en virtud del cual las competencias se distribuyen entre el Estado central y los Estados miembros. Por último, la Ley Fundamental define a Alemania como Estado social, principio del cual se deriva la exigencia de que los poderes públicos adopten previsiones para que los ciudadanos tengan garantizado un sustento digno en caso de desempleo, discapacidad o enfermedad y en la vejez. Una peculiaridad de la Ley Fundamental estriba en el denominado “carácter inmutable” o perpetuo de estos principios constitucionales esenciales. Los derechos fundamentales, la forma de gobierno democrático, el Estado federal y el Estado social no son susceptibles de desvirtuarse ni alterarse mediante ulteriores reformas o modificaciones constitucionales ni tampoco a través de una Constitución íntegramente nueva.